viernes, 1 de julio de 2016

961.- RELACIONES DE COMERCIO Y TRANSITO CON VENEZUELA



Gerardo Raynaud

Un poco de historia reciente para conocer la gradual declinación que se ha venido presentando en el tema alusivo al título de la presente crónica. Desde el mismo momento en que las dos naciones se hicieron autónomas e independientes, luego de las guerras emancipadoras, los vínculos de origen, historia, raza, religión y vecindad geográfica, dentro de los términos de la  conservación individual e independientes de sus fisonomías políticas propias y dentro de la más armónica cooperación y del estrechamiento de sus relaciones económicas, comerciales y culturales, dieron como resultado un mejor aprovechamiento de los mutuos beneficios de cuanto allí ocurría.

Fue entonces que con el ánimo de formalizar las relaciones bilaterales, especialmente en lo referente a las actividades comerciales y al tránsito fronterizo, -que en la primera mitad del siglo pasado, sólo ocurría entre los departamentos de Norte de Santander y Magdalena y los estados venezolanos de Táchira y Zulia- se habían firmado algunos Tratados, con diferente duración en el siglo XIX, en 1833, 1842 y 1896 los cuales caducaron comenzando la centuria siguiente.

En el siglo pasado se reabrieron las negociaciones y en 1916 se firmó un pacto mediante el cual se acordó que “inmediatamente después de que esta Convención sea ratificada, las altas partes contratantes abrirán negociaciones con el objeto de concluir un Tratado  sobre navegación de ríos comunes y comercio fronterizo y de tránsito entre las dos repúblicas, sobre bases de equidad y mutua conveniencia”.

Pasó el tiempo y la tal Convención cayó en el olvido, pues dirigentes y políticos de ambos costados de la frontera se hicieron los de la vista gorda y hubo de presentarse gravísimos inconvenientes de tránsito en la vía a Maracaibo, para sus mercancías tanto de importación como de exportación, que tuvieron que reunirse de urgencia para darle una pronta solución a este problema que se repetía cada vez con mayor frecuencia.

En estas conversaciones no se logró llegar a un consenso para tramitar un Tratado, pues al parecer no estaban dadas las condiciones políticas que permitieran la firma de un documento de esta índole, sin embargo sí se logró, el 14 de marzo de 1934, establecer la celebración de un “modus vivendi” comercial con una vigencia de un año que vino prorrogándose hasta el año 1945.

Dicho “modus vivendi”, que aún hoy pareciera estarse aplicando, regulaba “oficialmente” las relaciones del comercio colombo-venezolano. El anterior instrumento, era una fórmula expedita, oportuna y rápida para resolver los inconvenientes a tal punto que su aplicación sería puesta en práctica años después tal como veremos más adelante y no sólo en esta frontera, sino en las del sur, particularmente con el Perú, que ayudó en la solución del enfrentamiento bélico sucedido algunos años antes.

Sin embargo, la norma del “modus vivendi”, no se ajustaba del todo a las prácticas diplomáticas usuales y por ello, con miras a darle una mayor amplitud y conveniencia a las relaciones bilaterales, se reunieron en el Templo Histórico de Villa del Rosario el 5 de abril de 1941, los presidentes Eduardo Santos y Eleazar López Contreras para la firma del Tratado sobre Fronteras y Libre Navegación, que fuera ratificado posteriormente por los congresos de ambos países.

En ese mismo Tratado se estipulaba, en el artículo tercero, que “las dos altas partes contratantes procederán a la mayor brevedad a negociar y celebrar un Tratado de Comercio y Navegación, fundado en principios de amplia libertad de tránsito terrestre y navegación fluvial para ambas  naciones, con la mira de regular su comercio recíproco y un estatuto fronterizo sobre bases que estimulen y fortalezcan la amistad y la economía de sus dos pueblos”.

Fue con base en este criterio, que el 5 de agosto de 1942, se suscribió y aprobó, en Caracas, un Estatuto de Régimen Fronterizo, igualmente ratificado por ambos congresos. Esta nueva disposición tenía como finalidad, fomentar y facilitar el tránsito recíproco de colombianos y venezolanos en las regiones fronterizas.

Sin embargo y luego de algo más de un año de funcionamiento, se generó una fuerte controversia entre comerciantes y dirigentes de la frontera común con sus similares  de las respectivas capitales, pues se encontró perjudicial su aplicación, por ser restrictivo de las llamadas “prácticas de frontera” que regían entre Venezuela y Colombia a fuerza de costumbre, de buena voluntad y que eran más beneficiosas para el intercambio de los países.

Esta fue la conclusión a la que se llegó luego de sucesivas reuniones entre los directivos de las Cámaras de Comercio de la región fronteriza común, entre las que estaban, las Cámaras de Comercio de Cúcuta, Pamplona, Maracaibo y San Cristóbal. Las presiones ejercidas por estas colectividades, dio por resultado que tal Estatuto quedara sin vigencia.

Mientras esto sucedía, el gobierno colombiano para apaciguar los ánimos del pueblo de la frontera, presentó el 18 de noviembre de 1944,  a la Cancillería venezolana su propuesta formal a la reforma del Tratado de Comercio, Navegación y Tránsito, que finalmente no tuvo el recibo esperado del gobierno venezolano, al parecer, por no cumplir con las expectativas esperadas relacionadas con la amplia y recíproca libertad de comercio y navegación, concesión mutua, incondicional e irrestricta de la nación más favorecida; amplias listas de artículos intercambiables, artículos de compensación y reglamentaciones sobre patentes y marcas de fábrica, entre otras.

Antes estas perspectivas, no hubo otra alternativa que regresar al acuerdo del “modus vivendi” pero con modificaciones respecto del primero que se había firmado en 1934, incluyendo la cláusula que le permitía a Venezuela exportar a nuestro país, conservas de pescado venezolano –que tenía muy buena aceptación en el mercado colombiano- con una rebaja arancelaria significativa.

Este nuevo “modus vivendi” se prorrogó hasta el 11 de octubre de 1948 y desde entonces, sólo se han firmado una serie de Acuerdos Comerciales, incluyendo aquellos que fueron convenidos cuando se constituyó el Acuerdo de Cartagena, mediante el cual se materializó el Pacto Andino, que aunque todavía existe evolucionado a Comunidad y conocido como la Comunidad Andina de Naciones, hoy sin mayor importancia dentro del contexto subregional.

Queda en el recuerdo el fracaso de la denominada “Carta de Quito” suscrita por los representantes de Colombia, Ecuador, Venezuela y Panamá, el 24 de Julio de 1948, con ocasión del aniversario del deceso del Libertador, en la que se proponía establecer la “Unión Económica y Aduanera Grancolombiana”, que por mezquinos intereses nunca pudo concretarse, pero que a la larga, tampoco hubiera resuelto nuestros problemas fronterizos.




 
Recopilado por: Gastón Bermúdez V.

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