jueves, 5 de enero de 2017

1057.- PROBLEMAS DE EMBOVEDAMIENTO



Gerardo Raynaud

No niego que el título sea un poco estrafalario, pero a mediados del siglo pasado, cuando empezaba a asomarse la modernidad en la ciudad, comenzaron a surgir problemas originados por las técnicas de construcción que se empleaban, en toda la ciudad sin excepción, lo cual llevó a las autoridades ambientales a tomar ciertas decisiones que originaron disgustos y desavenencias entre la población.

Desde que se inició la reedificación de la ciudad después del terremoto de 1875, las casas y demás construcciones siguieron las instrucciones que deban los ingenieros de la época y estas consistían en la utilización del bahareque, sistema del cual nadie se apartó y que puede constatarse, aún hoy, en las viejas residencias construidas en los barrios más tradicionales de la ciudad. El bahareque tenía varias ventajas, todas comprobadas empíricamente como eran, la seguridad que presta, la durabilidad y la garantía contra cualquier emergencia sísmica como la vivida y de la cual, nadie quería recordar.

Sin embargo, no faltaban los funcionarios recién aterrizados, hijos o no de esta villa de San José, que recién posesionados de sus puestos, posiblemente contagiados de ese prurito de la innovación y alejados de la superabundancia de hombres empleómanos, de esos que en sus ratos de ocio, viven pendientes “de ver la manera de maltratar la tranquilidad y el respecto a las propiedades  y sistemas económicos de sus conciudadanos”, decían algunos de los críticos a las normas que expedían, sin mayores fundamentos ni sustentos, aquellos noveles empleados públicos.

Se trataba de subalternos de la llamada ‘Dirección de Sanidad’, considerada en aquella época por quienes se sentían maltratados, debido a las pautas que continuamente se expedían,  como “la dirección de putrefacción pública”.

Pues bien, a mediados de 1943, les dio por expedir una famosa  resolución, mediante la cual se exigía el embovedamiento de todas las casas de la ciudad. La resolución era perentoria y su incumplimiento acarreaba unas sanciones bastante fuertes, que iban desde la retención de las propiedades, el decomiso de las llaves de entrada para impedir el acceso a la vivienda hasta multas por el  desacato a la norma.

¿En qué consistía el tal embovedamiento? Pues resulta que después de la destrucción de la ciudad en el siglo anterior y la subsiguiente reconstrucción, los techos de las casas continuaban al descubierto, especialmente las de las clases menos favorecidas, quienes vivían la vida al nivel de sus comodidades.

La norma del cubrimiento obligatorio de la vivienda se había establecido como medida preventiva de las enfermedades más comunes de ese momento, toda vez que la ciudad había sufrido los embates de las más mortíferas epidemias en los años transcurridos desde su restauración.

Las fluctuaciones del clima en los últimos cincuenta años, había expuesto a la población, incluidos todos sus elementos de habitación, a contagios que comenzaron con la fiebre amarilla, luego una epidemia de viruela, que posteriormente le dio paso a otra de fiebre tifoidea y finalmente, un azote de gripa con todas sus consecuencias de expurgación de vida.

Las autoridades sanitarias, conscientes de la necesidad de proteger a los habitantes
de estas plagas, hacían ineludible la llamada desinfección de las viviendas, operación que se cumplía con regularidad y era supervisada por los trabajadores de la Oficina de Higiene.

A pesar de estas contingencias, insuficientes debido a lo descubierto de las viviendas, los efectos de los programas de desinfección duraban muy poco y su eficacia era casi nula. Por esta razón, había que apelar a fórmulas más efectivas y tratar de “blindar” las casas, para que los parásitos tuvieran mayores dificultades en desarrollar su nefasto propósito; de ahí la propuesta de embovedamiento, que no era otra cosa, que cubrir la construcción para impedir el paso de alimañas nocivas a la salud de sus habitantes.

Es necesario anotar, que la desinfección, la que hoy llamamos fumigación, se hacía más como control de propagación del comején que de los zancudos, de los cuales aún no se conocían como agentes transmisores o vectores de enfermedades como las anteriormente mencionadas.

El problema surgió más por el procedimiento empleado, que por la finalidad que se buscaba, levantándose una polvareda de disgustos, inquietudes y angustias que llevaron a manifestaciones, particularmente entre los pobladores de los barrios más pobres pues consideraban carecer de los recursos necesarios para realizar las peticiones de la tal “resolución”.

En los estratos intermedios se procedió de manera más calmada pero igualmente provocadora, pues apelaron a los medios para hacerse sentir y promover acciones jurídicas en torno a las competencias y a los elementos procesales empleados en la expedición de la norma.

En los círculos sociales de los clubes y en las tertulias de los famosos cafés, era tema ineludible discutir el tema. Algunos se preguntaban: ¿existe alguna disposición que autorice ese adefesio sanitario? Ese mismo sistema, ¿es adoptado en otras ciudades del país, como por ejemplo, en Bogotá? Luego se trata de un abuso que es preciso denunciar ante las autoridades superiores.

Otros más acuciosos, argumentaban que “hasta ahora, que sepamos, nadie puede ser perturbado en la posesión de sus intereses, ni violado en la tranquilidad de sus personas y aquel ocio del empleado atrabiliario, viola todos los principios constitucionales que nos rigen y lo repetimos como siempre lo hemos hecho, es un abuso protuberante que está haciéndole daño a Cúcuta en forma escandalosa.”

En el caso de los más menesterosos, siempre salían en su defensa alegando “que en esas circunstancias, ha llegado la hora de reaccionar contra ese abuso repugnante y censurable, digno de sanciones del Código Penal, cuando se presente el caso de que porque a un pobre no pueda embovedar su casa, se pretenda expropiarlo, retenerle la posesión de sus propiedades o intimarlo a fuerza de amenaza, para hacerlo cometer el mayor de los errores, como arruinarse ejecutando una obra que va a demoler dentro de un no lejano día, los sacrificios de tantas vigilias para adquirir su vivienda y la de sus hijos, debe tenerse en cuenta que la Constitución de Colombia no ha sido reformada en el sentido de autorizar al gobierno de arrebatar derechos ajenos.”

Estos considerados atropellos, definitivamente no prosperaron y después de algunos “tires y aflojes”, con los funcionarios de la Oficina de Sanidad, el embovedamiento pasó al olvido y la tranquila villa continuó con su caluroso ritmo sereno y sosegado hasta una próxima “resolución”.



Recopilado por: Gastón Bermúdez V.

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